El entorno de las contrataciones públicas está impregnado de una jerga especializada que puede resultar abrumadora. Es por ello que este glosario busca desmitificar este lenguaje técnico, ofreciendo definiciones claras y concisas que sirvan como punto de referencia para cualquier persona que desee comprender mejor este campo.
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De lo contrario, a continuación encuentras las principales definiciones asociadas a Contrataciones del Estado:
A
Acto de corrupción
Es el requerimiento o aceptación por, o el ofrecimiento u otorgamiento a, ya sea directa o indirectamente, un servidor público o persona que ejerce funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
B
Bases
Documento del procedimiento de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simplificada y Subasta Inversa Electrónica que contiene el conjunto de reglas formuladas por la Entidad para la preparación y ejecución del contrato.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Bases integradas
Documento del procedimiento de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Simplificada cuyo texto incorpora las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, según sea el caso; o, cuyo texto coincide con el de las bases originales en caso de no haberse presentado consultas y/u observaciones, ni se hayan realizado acciones de supervisión.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Bienes
Son objetos que requiere una Entidad para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus funciones y fines.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Bienes o servicios comunes
Son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan, siendo que la naturaleza de los mismos les permite cumplir sus funciones sin requerir de otros bienes o servicios conexos, por ende está en capacidad de desarrollar las mismas como una unidad. La Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS los incorpora, mediante la aprobación de fichas técnicas, dentro del Listado de Bienes y Servicios Comunes.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Buena pro administrativamente firme
Se produce cuando habiéndose presentado recurso de apelación, ocurre alguno de los siguientes supuestos: i) Se publica en el SEACE que el recurso de apelación ha sido declarado como no presentado o improcedente; ii) Se publica en el SEACE la resolución que otorga y/o confirma la buena pro; y iii) Opera la denegatoria ficta del recurso de apelación.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
C
Calendario de avance de obra valorizado
El documento en el que consta la valorización de las partidas de la obra, por períodos determinados en las bases o en el contrato y que se formula a partir del Programa de Ejecución de Obra.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Calendario del procedimiento de selección
El cronograma de la ficha de convocatoria en el que se fijan los plazos de cada una de las etapas del procedimiento de selección.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Certificado SEACE
Mecanismo de identificación y seguridad conformado por un código de usuario y una contraseña, que es otorgado por el OSCE a solicitud de una Entidad, proveedor, árbitro u otro usuario autorizado y que permite acceder e interactuar con el SEACE.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Comité Técnico Especializado
Órgano Colegiado con alto conocimiento técnico en el objeto del proceso de la compra corporativa, cuya función principal es realizar la homogeneización de las especificaciones técnicas o términos de referencia de los bienes y/o servicios en general.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Consorcio
El contrato asociativo por el cual dos (2) o más personas se asocian, con el criterio de complementariedad de recursos, capacidades y aptitudes, para contratar con el Estado.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Consultoría en general
Servicios profesionales altamente calificados.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Consultoría de obra
Servicios profesionales altamente calificados consistente en la elaboración del expediente técnico de obras, en la supervisión de la elaboración de expediente técnico de obra o en la supervisión de obras.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Contrato
Es el acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica dentro de los alcances de la Ley y el Reglamento.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Contrato original
Es el contrato suscrito como consecuencia del otorgamiento de la buena pro en las condiciones establecidas en los documentos del procedimiento de selección y la oferta ganadora.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Contrato actualizado o vigente
El contrato original afectado por las variaciones realizadas por los reajustes, prestaciones adicionales, reducción de prestaciones, o por ampliación o reducción del plazo, u otras modificaciones del contrato.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Contratista
El proveedor que celebra un contrato con una Entidad de conformidad con las disposiciones de la Ley y el Reglamento.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Control
Es la capacidad de dirigir o de determinar las decisiones del directorio, la junta de accionistas o socios, u otros órganos de decisión de una persona jurídica.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Cuaderno de Obra
El documento que, debidamente foliado, se abre a la fecha de entrega del terreno y en el que el inspector o supervisor y el residente anotan las ocurrencias, órdenes, consultas y las respuestas a las consultas.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Concordancia: Resolución de Presidencia n.° 100-2020-OSCE-PRE: Formalizan aprobación de la Directiva Nº 009-2020-OSCE-CD “Lineamientos para el uso del Cuaderno de Obra Digital.
D
Documentos asociados
Documentos elaborados y aprobado por PERÚ COMPRAS, que contienen: i) reglas, requisitos, plazos, criterios de admisión y evaluación, texto del Acuerdo Marco, entre otros, que se aplican para los procedimientos de selección de proveedores, ii) reglas especiales para la contratación a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, y, iii) reglas para la extensión de vigencia, incorporación de proveedores u otras similares. Estas reglas pueden ser puestas a disposición a través de manuales, guías, instructivos u otros que sean aplicables.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Diseño de ingeniería
Son los cálculos de diseño que han servido para el dimensionamiento y/o determinación de las características físico-mecánicas de los componentes de una obra realizados por especialistas de ingeniería o arquitectura. No se consideran cambios de diseño de ingeniería los cambios en las dimensiones o características físico mecánicas producto de replanteos o adecuaciones a la situación real del terreno que no impliquen la necesidad de nuevos cálculos.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
E
Especificaciones Técnicas
Descripción de las características técnicas y/o requisitos funcionales del bien a ser contratado. Incluye las cantidades, calidades y las condiciones bajo las que se ejecutan las obligaciones.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estandarización
Proceso de racionalización consistente en ajustar a un determinado tipo o modelo los bienes o servicios a contratar, en atención a los equipamientos preexistentes.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estudio básico de ingeniería
Es el documento técnico formulado a partir de fuentes de información básica disponible, que permiten estimar razonablemente, entre otros, la magnitud, características, plazo y el presupuesto de un proyecto de ingeniería; así como para determinar los Términos de Referencia. Sirve de base para definir posteriormente la ingeniería de detalle a ser desarrollada durante la etapa de diseño.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Expediente Técnico de Obra
El conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinación del presupuesto de obra, análisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polinómicas y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental u otros complementarios.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
F
Ficha Técnica
aaDocumento estándar mediante el cual se uniformiza la identificación y descripción de un bien o servicio común, a fin de facilitar la determinación de las necesidades de las Entidades para su contratación y verificación al momento de la entrega o prestación a la Entidad.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
G
Gastos Generales
Son aquellos costos indirectos que el contratista efectúa para la ejecución de la prestación a su cargo, derivados de su propia actividad empresarial, por lo que no pueden ser incluidos dentro de las partidas de las obras o de los costos directos del servicio.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Gastos Generales Fijos
Son aquellos que no están relacionados con el tiempo de ejecución de la prestación a cargo del contratista.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Gastos Generales Variables
Son aquellos que están directamente relacionados con el tiempo de ejecución de la obra y por lo tanto pueden incurrirse a lo largo de todo el plazo de ejecución de la prestación a cargo del contratista.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Grupo económico
Es el conjunto de personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, conformadas por al menos dos (2) de ellas, donde alguna ejerce el control sobre la o las demás o cuando el control corresponde a una o varias personas naturales que actúan como unidad de decisión.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
H
Homogeneización
Es el proceso mediante el cual, al interior de las entidades, se definen las características o prestaciones de los requerimientos a contratar, sobre la base del análisis de sus propias necesidades y, los bienes y servicios ofertados en el mercado.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. (Rectificado por fe de erratas)
Hitos
Son puntos de referencia que marcan eventos importantes en la ejecución de un proyecto y que sirven para supervisar su avance.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
I
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J
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K
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L
Liquidación de contrato
Cálculo técnico efectuado, bajo las condiciones normativas y contractuales aplicables al contrato, que tiene como finalidad determinar el costo total del contrato y su saldo económico.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Lote
Conjunto de bienes del mismo tipo.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
M
Mayor metrado
Es el incremento del metrado de una partida prevista en el presupuesto de obra, indispensable para alcanzar la finalidad del proyecto, resultante del replanteo y cuantificación real respecto de lo considerado en el expediente técnico de obra y que no proviene de una modificación del diseño de ingeniería.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Metrado
Es el cálculo o la cuantificación por partidas de la cantidad de obra a ejecutar, según la unidad de medida establecida.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Mora
El retraso parcial o total, continuado y acumulativo en el cumplimiento de prestaciones consistentes en la entrega de bienes, servicios en general, consultorías o ejecución de obras sujetos a cronograma y calendarios contenidos en los documentos del procedimiento de selección y/o contratos.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
N
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O
Obra
Construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Construcción, reconstrucción, rehabilitación, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren expediente técnico, dirección técnica, mano de obra, materiales y/o equipos
Fuente: Artículo 2 del Decreto Supremo n.° 234-2022-EF, publicado el 7 octubre 2022.
Operación asistida
Operación por el contratista de una obra ejecutada bajo la modalidad de llave en mano, que puede incluir, además, el mantenimiento, reparación, capacitación, entre otros aspectos, en atención y cumplimiento a los términos de referencia y condiciones establecidas en el contrato. Esta operación asistida implica la puesta en marcha de la instalación construida, así como la transferencia de tecnologías, conocimientos, procesos, entrenamiento del personal, entre otros, hasta que la Entidad toma el control definitivo de las instalaciones.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Organismos Internacionales
Es toda organización instituida por dos o más Estados soberanos mediante un tratado u otro instrumento regido por el derecho internacional público, que se encuentra dotada de personalidad jurídica internacional propia y que se encuentra
debidamente acreditada en el Perú, a través del sector competente. Además de los Estados, los Organismos Internacionales pueden contar entre sus miembros con otras entidades públicas.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
P
Paquete
Conjunto de bienes, servicios en general o consultorías distintas pero vinculados entre sí, o de obras de naturaleza similar.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Participante
Proveedor que ha realizado su registro para intervenir en un procedimiento de selección.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Partida
Cada una de las partes que conforman el presupuesto de una obra y precio unitario.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Postor
La persona natural o jurídica que participa en un procedimiento de selección, desde el momento en que presenta su oferta.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Prestación
La ejecución de la obra, la realización de la consultoría, la prestación del servicio o la entrega del bien cuya contratación se regula en la Ley y en el Reglamento.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Prestación adicional de obra
Aquella no considerada en el expediente técnico de obra, ni en el contrato original, cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que da lugar a un presupuesto adicional.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Prestación adicional de supervisión de obra
Aquella no considerada en el contrato original, que resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la finalidad de la contratación, que puede provenir de: i) deficiencias u omisiones en los términos de referencia de supervisión de obra; ii) prestaciones adicionales de obra; y, iii) variaciones en el plazo de obra o en el ritmo de trabajo de obra distintas a las prestaciones adicionales de obra.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Presupuesto adicional de obra
Es la valoración económica de la prestación adicional de una obra.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Presupuesto de Obra
Es el valor económico de la obra estructurado por partidas con sus respectivos metrados, análisis de precios unitarios, gastos generales, utilidad e impuestos.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Prestación nueva de obra
La no considerada en el expediente técnico de obra, ni en el contrato original, cuya realización no es indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta principal de la obra. Estas prestaciones se ejecutan mediante un nuevo contrato, para lo cual se aplican los procedimientos establecidos en la Ley y su Reglamento.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Procedimiento de selección
Es un procedimiento administrativo especial conformado por un conjunto de actos administrativos, de administración o hechos administrativos, que tiene por objeto la selección de la persona natural o jurídica con la cual las Entidades del Estado van a celebrar un contrato para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías o la ejecución de una obra.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Es un procedimiento de naturaleza administrativa que comprende un conjunto de actos de gestión administrativa que se desarrollan con la finalidad de seleccionar a un proveedor con el cual, previo cumplimiento de determinados requisitos, la Entidad formaliza un contrato para abastecerse de bienes, servicios en general, consultorías o para la ejecución de obras.
Fuente: Artículo 2 del Decreto Supremo n.° 162-2021-EF, publicado el 26 junio 2021.
Proforma de contrato
El proyecto del contrato a suscribirse entre la Entidad y el postor ganador de la buena pro y que forma parte de las bases.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Programa de ejecución de obra
Es la secuencia lógica de actividades constructivas que se realizan en un determinado plazo de ejecución; la cual comprende solo las partidas del presupuesto del expediente técnico, así como las vinculaciones que pudieran presentarse. El programa de ejecución de obra se elabora aplicando el método CPM y es la base para la elaboración del calendario de avance de obra valorizado.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Proveedor
La persona natural o jurídica que vende o arrienda bienes, presta servicios en general, consultoría en general, consultoría de obra o ejecuta obras.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Proyectista
Consultor de obra que ha elaborado el expediente técnico de obra.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Q
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R
Requerimiento
Solicitud del bien, servicio en general, consultoría u obra formulada por el área usuaria de la Entidad que comprende las especificaciones técnicas, los términos de referencia o el Expediente Técnico de Obra, respectivamente, así como los requisitos de calificación que corresponda según el objeto de la contratación.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Requisitos de la Entidad
Documento elaborado por la Entidad para contratar la ejecución de obras que incluyen la elaboración del expediente técnico, en el que se describe el propósito para el cual la obra se ejecuta y se especifica, entre otras cosas, el de alcances de la obra, criterios técnicos, criterios para las pruebas de aceptación y de desempeño, criterios para la evaluación del diseño de las obras, partidas con sumas provisionales.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Ruta Crítica del Programa de Ejecución de Obra
Es la secuencia programada de las partidas de una obra cuya variación afecta el plazo total de ejecución de la obra.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
S
Servicio
Actividad o labor que requiere una Entidad para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus funciones y fines. Los servicios pueden clasificarse en servicios en general, consultoría en general y consultoría de obra. La mención a consultoría se entiende que alude a consultoría en general y consultoría de obras.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Servicio en general
Cualquier servicio que puede estar sujeto a resultados para considerar terminadas sus prestaciones.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Subcontratista Especializado
Es una persona natural o jurídica especializada en diseño, supervisión o actividades constructivas que contribuye con su experiencia a que el postor en los contratos de diseño y construcción cumpla con los requisitos de calificación.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Suministro
La entrega periódica de bienes requeridos por una Entidad para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de funciones y fines.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
T
Términos de Referencia
Descripción de las características técnicas y las condiciones en que se ejecuta la contratación de servicios en general, consultoría en general y consultoría de obra. En el caso de consultoría, la descripción además incluye los objetivos, las metas o resultados y la extensión del trabajo que se encomienda (actividades), así como si la Entidad debe suministrar información básica, con el objeto de facilitar a los proveedores de consultoría la preparación de sus ofertas.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Trabajo similar
Trabajo o servicio de naturaleza semejante a la que se desea contratar, independientemente de su magnitud y fecha de ejecución, aplicable en los casos de servicios en general y de consultoría.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Tramo
Parte de una obra que tiene utilidad por sí misma.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
U
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V
Valorización de una obra
Es la cuantificación económica de un avance físico en la ejecución de la obra, realizada en un período determinado.
Fuente: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
W
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X
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Y
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Z
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